Subvención “Tú+1”

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Se ha publicado una nueva convocatoria de la subvención “Tú+1” del Departamento de Trabajo, que tiene por objetivo subvencionar la contratación indefinida de un/a trabajador/a por parte de autónomos sin trabajadores/ras a cargo.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser autónomo persona física, sin trabajadores a su cargo o con trabajadores autónomos colaboradores siempre que el nuevo contrato no se formalice con estos autónomos colaboradores o bien ser sociedades limitadas unipersonales (SLU), cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad en la sociedad, sin trabajadores/nada a su cargo.
  • Estar dado de alta como autónomo al menos un año ininterrumpidoantes de la solicitud o, en el caso de SLU estar inscritas en el Reg.Mercantil un mínimo de un año ininterrumpido antes de la solicitud.
  • mantener domicilio fiscal en Cataluña.
  • No tener contratada a ninguna persona en el momento de la solicitud ni 6 meses antes.
  • Hacer un contrato indefinido de mínimo un 50% de la jornada a una persona paradaregistrado como demandante de empleo no ocupado (DOY).
  • La persona contratada debe realizar una formación online o presencialdel catálogo de formación gratuita del Consorcio de Formación Continua durante el período de contratación.
  • Mantener el contrato indefinido durante al menos 18 meses.
  • La solicitud debe hacerseantes de la contratación y la  contratación en los dos meses siguientes al otorgamiento de la subvención

La subvención de 12 primeros meses del coste empresa (importe total de la ayuda 19.745 euros o la parte proporcional en caso de jornada parcial) y se puede tramitar del 05/09/2023 al 28/09/2023.

La solicitud debe realizarse antes de la contratación aquí y puede consultar toda la normativa aquí.

Si desea ampliar la información o tiene alguna duda, pida cita aquí con uno de nuestros técnicos!

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Buscamos consultores/as para acompañar la creación y consolidación de empresas

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En el Centro de Empresas de Procornellà hemos abierto proceso de selección para la contratación de 3 técnicos/as asesores/as junior en creación y consolidación de empresas.

Si tienes un Grado en Administración y Dirección de Empresas (ADE), Económicas, Empresariales o similar, tienes alguna de estas especializaciones (Legal, Marketing o Sostenibilidad) y una experiencia laboral mínima de un año, envíanos tu CV al e-mail laboralcentre@procornella.cat antes del 18 de noviembre 2021.

La fecha de incorporación será antes del 31 de diciembre 2021 y el contrato será temporal de un año a jornada completa (mañanas de lunes a viernes y una tarde).

Aquí tienes los enlaces en las bases donde se detallan el perfil, funciones a desarrollar y requisitos para participar en el proceso de selección Legal, Marketing, Sostenibilidad.

 

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Has hecho el checklist legal de tu empresa?

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Sabes qué normas y obligaciones debe cumplir tu actividad empresarial o profesional?

Para una empresa es esencial comprobar y asegurarse, tanto en el momento de su creación como durante el desarrollo de su actividad, de que cumple con todos los requisitos legales (mercantiles, fiscales, laborales, administrativos y los específicos de su sector ).

Hacer un checklist legal al inicio de la actividad y posteriormente de forma periódica:

  • asegura que se cumplen todas las obligaciones legales en el momento de la constitución y primeros pasos de la empresa.
  • Evita incurrir en incumplimientos que pueden llevar a sanciones importantes.
  • Garantiza que la empresa cumple con los cambios normativos derivados de nuevas regulaciones o de cambios en la propia actividad.
  • Te mantiene al día de las principales novedades legislativas.

 

Si quieres conocer con más detalle en qué consiste un checklist legal y hacer el de tu empresa, apúntate a la sesión "Checklist Legal"Que impartiremos el próximo 30 de septiembre 2021 en las 15: 30h impartido por Mª Pilar Romero, Graduada Social y Asesora especialista del Centro de Empresas. Puedes hacer tu inscripción aquí.

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Trámites de alta de una empresa

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Para iniciar la actividad empresarial debes constituir y dar de alta una empresa.

Las formas jurídicas más habituales para comenzar la actividad y sus trámites son:

1.EMPRESARI / A INDIVIDUAL:

  • Alta censal en la Agencia Tributaria
  • Alta del promotor / a Seguridad Social

2. SOCIEDAD LIMITADA:

  • Registro de nombre en el registro Mercantil Central
  • Estatutos de la sociedad
  • Notaría para elevarlo a público: escritura
  • Impuesto Transmisiones Patrimoniales
  • Inscripción en el Registro Mercantil provincial
  • Alta censal en la Agencia Tributaria
  • Alta del administrador y / o socios trabajadores en Seguridad Social

Estos trámites, que son imprescindibles para poder iniciar la actividad, te ofrecemos hacerlos gratuitamente desde el  Punto PAE del Centro de Empresas. Se trata de un servicio de asesoramiento y constitución de empresas de forma telemática en un único documento que se llama DUE con el consiguiente ahorro de tiempo y de coste (las SL sólo pagarán el coste de Notario y Registro con aranceles reducidos) .

Por lo tanto, las ventajas del PAE son:

  • honorarios gratuitos
  • rapidez
  • Reducción de tasas

No debes olvidar otros trámites como son:

  • Si tienes local para la actividad: Licencia ambiental / apertura + Tasa de Residuos >> se tramita en el Ayuntamiento.
  • Registros sectoriales: algunas actividades están obligadas a realizar trámites específicos en la Oficina de Gestión Empresarial de la Generalitat.
  • Si tienes trabajadores: Alta de la empresa a la Seguridad Social, Comunicación de apertura de centro de trabajo a la Generalidad, alta de los trabajadores a la Seguridad Social y contratos de los trabajadores en el SOC / SEPE.

 

Y sobre todo, recuerda que antes de dar de alta la empresa tienes que mirar si es viable. Te dejamos cómo puedes saber si tu empresa es viable en esta FAQ y recuerda que el Centro de Empresas te puede asesorar gratuitamente.

 

Por último, si quieres conocer más detalles de las diferentes formas jurídicas, ven al seminario online del 10 de noviembre que hará la Mª Pilar Romero, especialista en el ámbito laboral y mercantil, en el Centro de Empresas. puedes inscribirte aquí.

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¿CÓMO PROTEGER LA IDENTIDAD DE TI NEGOCIO?

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Son Muchas las horas (y el dinero, en Muchas ocasiones), que invertimos en crear una identidad para Nuestro negocio. Contratamos a un diseñador gráfico para que nos haga un logo, un programador web, a un fotógrafo, imprimimos tarjetas de presentación ... etc., Nos pasamos horas creado acciones de marketing, Subiendo contenido a Nuestras redes sociales, etc.

Todo esto está muy bien, pero nos olvidamos de lo más Importante. Nos olvidamos de Proteger Nuestra identidad. Pues bien, a continuación, vamos a ver cómo con Sencillos pasos, PUEDES Proteger la identidad de tu negocio.

1. REGISTRA TÚ MARCA La marca Juega un papel fundamental a la hora de Proteger la identidad de tu negocio (ya Sean tus productos, tus servicios, tu propia página web o inclusivo tú blog). Se por ellos, que considero Importante que entiendas un poco mejor en qué consisten una marca para que PUEDES entender de forma sencilla la importancia de protegerla y de los beneficios que este simple actora Reducir texto <br> aportarte.

La marca es el símbolo que Permite que a Nuestros clientes diferenciar Nuestros productos o servicios de los de Nuestros competidoras. Todos los días, incluidos sin darte Cuenta, interactúas con infinidad de marcas. Son este elemento que nos Permite que identificar y recordar todo aquel que consumimos.

ASPECTOS importantes EN HORA DE REGISTRAR UNA MARCA:

y. Tipos distintos marcas. Existen muchos tipos de marcas. Se muy Importante que Elijas correctamente el tipo de marca que quieres registrar (figurativa, enominativa, tridimensional, holograma, sonora, etc.). Ten en Cuenta, que a loa hora de registrar la marca, se como si le hicieras una "foto". Se Decir, si solicito una marca figurativa (logo), esa va a ser la marca que tengo protegida. Tal cual la he solicitadas. Si posteriormente decide modificar ese logo registrado, no únicamente NO tendré protegido el nuevo logo utilizada, sino que me estoy exponiendo a que me suspendan la marca por falta de uso.

Llegados a este punto, se Importante que sino el tienes bien claro, te dejes asesora por un abogado experto en registro de marca. De este modo, te aseguraras de crear la estrategia correcta para la protección de ti marca, y evitar posibles inconvenientes suspensos), durant todo el Proceso de registro.

yy. Concepto de territorialidad Las marcas se rigen por un principio llamado territorialidad, que consisten Básicamente en que tú marca Sólo te protegerá en el territorio en que esté registrada. Me explico un poco mejor:

Una marca Puede ser nacional (registrada solos en Nuestro país de origen), comunitaria (nos otorga una protección en los 28 países de la Unión Europea) o internacional (registrada en un país distinto al Nuestro de origen). Consejo: a la hora de elegir el territorio en el que quieres solicitar tu marca se muy Importante que valoras donde quieres vender tus productos o bien ofrecía tose servicios, y Según eso elegir dónde registrar la marca.

iii. Clasificación de Niza Cuando quieras solicitar tu marca, además de especificar en qué Territorios quieres obteniendo la protección, deberas especificar para que productos o servicios quieres esa protección. Existe lo que se Conoce "Clasificación de Niza". Se trata de un listado de 45 grupos de productos / servicios en los que deberemos encasillar el producto o Servicio que vamos a ofrecía bajo Nuestra marca.

Es importante tener en Cuenta que si vas a registrar una marca, no Sólo Tiene que ser distinta de las ya registradas en super MISMA clase, sino que tampoco Debe quitar a confusiones posibles consumidoras. ¡Cuidado con elegir marcas similares o que sudan parecidas a marcas ya existentes!

El registro de una marca va a supone un impacto económico ti bolsillo pero es Importante verlo como una inversión para Proteger la identidad de tu negocio.

iv. Tasas oficiales El precio (Tasas oficiales) del registro de la marca, va a variar en funciones del número de clases (Clasificacion de Niza) elegidas para Proteger tu marca. Para que puedas hacerte una idea, las Tasas oficiales para el registro de una marca española establecidas para el año 2020 por la OEPM son de 147,49 euros para la primera clase y de 95,55 euros más por cada clase adicional Dentro de una MISMA solicitud (la presentación de la solicitud vía telemática Tiene un descuento de un 15% adicional).

 

2. REGISTRA TÚ DOMINO

Siguiendo con la idea de la Necesidad de Proteger la identidad de Nuestro proyecto, se Importante, más allá del registro de la marca, el registrar Nuestro dominio. Al igual que sucedia con la marca, se Importante que entendamos en qué consisten un dominio y el porqué de la Necesidad de super registro.

El dominio es una dirección de internet, por la que el público podrá acceder a nuestro blog o web. Se fundamental que en el momento de presentar al mundo 2.0 tú proyecto, lo hagas bajo tu propio dominio.

¿Cómo registro mi dominio?

Es un Proceso muy sencillo, rápido y económico. Lo más fácil es que acudas a uno de los muchos Proveedores de servicios de registro de dominios web. No hay uno mejor que Otro y las tarifas son muy similares. Destacar el Hecho de que aúnque registréis un dominio en internet no significa que Haya adquirida esa marca.

Siempre es recomendable, si está pensando en registrar una marca determinada, que averigue si los dominios asociados a esa marca están disponibles, ya que será una Parte fundamental de Vuestra estrategia comercial.

Registrar el dominio a Vuestro número (si lo gestiona otra persona específica que en el registro indique vuestros datos). Este punto se importante puesto que en la hora de renovarlo (Posiblemente a los dos años) se nos va a notificar personalmente el Plaza para pagar la tasa corresÂpondiente y el Plaza corresÂpondiente para satisfacerla.

 

Si desea saber más sobre el registro de marca, el 14 de julio a las 16h realizas el seminario "Requisitos legales de tu web y protección de tu marca" en el Centro de Empresas PROCORNELLÀ, será en línea y aquí Tenes toda la información del evento.

 

Nuria Ramírez

Advocada especializada en Propiedad Intelectual y Protección de datos

Lexcrea

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El catalán en las empresas y establecimientos de cara al público

El Estatuto de autonomía y el Código de consumo de Cataluña reconocen derechos específicos en materia de lengua a consumidores y usuarios.Para garantizar su ejercicio, establecen obligaciones para las empresas que prestan servicios o ofrecen bienes en Cataluña.

normativa:

  • Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña
  • Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística
  • Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña

 

Atención al cliente:

Los consumidores deben poder ser atendidos oralmente y por escrito en la lengua oficial que elijan. Las empresas y los establecimientos abiertos al público deben tener personal con la capacitación lingüística necesaria para atender a los consumidores.

 

Información y documentación:

Las empresas deben tener disponibles en catalán:

- Las invitaciones a comprar:

Cualquier comunicación comercial que indique las características del bien o servicio que se ofrece y su precio, y que permita al consumidor de adquirirlo: folletos, catálogos, trípticos, etc.

- La información de carácter fijo:

Señalización, carteles, listas de precios expuestas al público en el interior o exterior del local, etc.

- Los contratos de adhesión, con cláusulas tipo, normados, y las condiciones generales:

Las empresas del sector financiero, asegurador y de todo tipo de suministros, entre otros, deben tener disponibles en catalán, por ejemplo, los contratos de préstamo y crédito, los de renting y leasing, los depósitos, los contratos de seguros (incluyendo los seguros médicos), los contratos de suministro de gas y agua y los contratos de prestación de servicios de telefonía.

- La documentación contractual

- Los presupuestos, los resguardos de depósito y las facturas

- Otros documentos que hagan referencia a los anteriores o que deriven

 

Etiquetado e instrucciones de uso

Se deben etiquetar, al menos en catalán, las informaciones necesarias para el consumo, el uso y el manejo adecuados de los bienes y servicios, con independencia del medio, formato o soporte utilizado y, especialmente, los datos obligatorios relacionados directamente con la salvaguarda de la salud y la seguridad.

 

ámbito laboral

Los convenios colectivos de trabajo y los pactos de empresa pueden contener cláusulas orientadas a fomentar el conocimiento del catalán de los trabajadores y garantizar su uso en los centros de trabajo y en los contratos laborales, las hojas de salarios y demás documentación.

 

El Servicio de Asesoramiento Lingüístico (SAL)

El Servicio de Asesoramiento Lingüístico (SAL), herramienta que ofrece el Centro de Normalización Lingüística (CNL) de Cornellà que le puede ayudar tanto a hacer presente la lengua catalana en sus comunicaciones como mejorar su calidad, lo que pensamos que supone un valor añadido en la actividad empresarial.

Los servicios del SAL incluyen desde la revisión y la traducción de textos hasta el entrenamiento lingüístico personalizado, a partir de los cuales, y según las necesidades de la empresa, se puede organizar una formación a medida o sesiones formativas puntuales. El objetivo es el de favorecer la progresiva autonomía lingüística de los usuarios.

No dude, pues, a contactar con ellos para ampliar la información de su catálogo de servicios y / o para explorar vías de colaboración con su empresa. Como entidad pública que son, os animamos a hacer uso de este servicio, que sin duda le ayudará a conseguir una comunicación más eficaz y, por tanto, a mejorar su proyección en el mercado.

 SAL: https://www.cpnl.cat/noticies/25290/

Ofercat: https://llengua.gencat.cat/ca/detalls/noticia/Ofercat-Cornella-de-Llobregat

WEB CNL SAL: https://www.cpnl.cat/serveis/sal/

 

 

 

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Servicios del Punto de Atención al Emprendedor (PAE) en el Centro de empresas PROCORNELLÀ

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A la hora de emprender hay muchas cosas a considerar: la definición de la actividad a desarrollar, la capacidad de financiación, la viabilidad del proyecto, el mercado al que te quieres dirigir, la propuesta de valor, entre otros. Pero una de las cosas que más preocupan a los nuevos emprendedores son todos los aspectos legales que hacen referencia a la constitución y alta de la actividad. 

Es por ello que desde el Centro de Empresas te ofrecemos el servicio del Punto de Atención al Emprendedor (PAE) de forma gratuita, pensando en todos aquellos o aquellas emprendedores / as que aún no han iniciado el alta como autónomos o no han constituido su empresa y ya necesitan legalizar su actividad y poder facturar. Sólo en 2020, se constituyeron 20 empresas gracias a los servicios del PAE del Centro de Empresas. 

 

 

¿Qué es el Punto de Atención al Emprendedor (PAE)? 

El Punto de Atención al Emprendedor es un servicio que se encarga de facilitar la creación de nuevas empresas mediante la prestación de servicios de información, tramitación de documentos, asesoramiento y formación. Por lo tanto, las dos misiones principales de un PAE son: 

  1. Prestar servicios de información y asesoramiento al inicio y durante los primeros años de actividad de la empresa.
  2. Iniciar el trámite administrativo de constitución de una empresa a través del Documento Electrónico (DUE). 

Los PAE pueden depender de: entidades públicas o privadas, colegios profesionales, organizaciones empresariales o cámaras de comercio. Los centros PAE deben firmar un convenio con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para poder actuar como tal. 

En el caso del Punto de Atención al Emprendedor del Centro de Empresas depende de Procornellá, Una Empresa Municipal de Promoción Social, Urbana y Económica del Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat y tiene como objetivo el apoyo a la creación de empresas para crear empleo en el territorio, Sin ánimo de lucro. 

Este servicio es fruto de un convenio con la Diputación de Barcelona, el CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) y la Dirección General de la Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Ventajas del Punto de Atención al Emprendedor

Desde el Punto de Atención al Emprendedor ofrecemos ayuda a todos aquellos emprendedores y emprendedoras que quieren tramitar la constitución de una Sociedad Limitada, el alta como Empresario Individual o la constitución de una Sociedad Civil Privada.  

La ventaja que tiene hacerlo a través del PAE es que el trámite es totalmente gratuito y sólo tendrás que asumir el coste de los aranceles o tasas, como los honorarios de la Notaría y del Registro Mercantil. Además, estos honorarios cuentan con un precio reducido por el hecho de constituirse a través del Punto de Atención al Emprendedor del Centro de Empresas Procornellà

otro ventaja es que se trata de una gestión telemática rápida i sencilla los diferentes documentos en un solo acto y esto permite que no tengas que desplazar de una administración a otra.  

Que el trámite se haga en un solo acto permite tener el Empresario Individual creado inmediatamente y la Sociedad Limitada y la Sociedad Civil Privada creada en un máximo de 48h (Desde el otorgamiento de la escritura). 

Por último, en caso de que decidas crear tu Sociedad Limitada o el alta como Empresario Individual el PAE del Centro de Empresas, te realizaremos gratuitamente y previamente a tu alta:

  • Un asesoramiento para analizar y valorar cuál es la forma jurídica que mejor se adapta a tu proyecto. 
  • Un Plan de Viabilidad para minimizar riesgos y aumentar la supervivencia de la idea.

 

¿Qué es un Plan de viabilidad?

desde el PAE del Centro de Empresas Procornellà creemos que es muy necesario hacer un Plan de viabilidad antes de constituir una empresa para que este te permite visualizar, gracias a datos objetivos, el inicio y la futura evolución de tu negocio

Con la Plan de Viabilidad tendrás, en un único documento, todos los datos sobre la planificación de ventas, los gastos de la actividad, las inversiones que deberás hacer en el tiempo, entre otros. Además, comprobarás realmente si tu empresa está pensada y preparada para nacer y crecer, reduciendo los riesgos asociados a cada fase.

Con el Plan de Viabilidad podrás rectificar tu estrategia y tus objetivos sin costes reales. Rectificar sobre el papel no cuesta dinero

Está claro que rectificar una vez iniciado el negocio es posible, pero corres el riesgo de enfrentarte a posibles resultados negativos: que pedir préstamos o cerrar definitivamente tu negocio. Te puedes ahorrar esta sensación de fracaso personal si haces las cosas bien desde un principio y análisis tu futuro negocio con el aprendizaje "virtual" del Plan de Viabilidad.

Por lo tanto, para qué sirve hacer un Plan de Viabilidad? 

  • Para saber si tu idea es viable.
  • Para realizar una buena planificación financiera. 
  • Para hacer simulaciones con diferentes escenarios de ingresos y gastos.
  • Reducir riesgos.
  • Capitalizar el paro. 
  • Solicitar subvenciones.  
  • Obtener financiación.  

Cómo iniciar los trámites en el Punto de Atención al Emprendedor del Centro de Empresas Procornellà?

Por iniciar los trámites el Punto de Atención al Emprendedor del Centro de Empresas Procornellà tienes que hacer clic aquí para pedir cita previa con uno de nuestros técnicos

Además de los servicios principales del Punto de Atención al Emprendedor (Plan de Viabilidad y Constitución), el Centro de Empresas ofrece un amplio abanico de servicios y de información de interés para empresas: actividades formativas, alojamiento, programas de aceleración de startups, networking, búsqueda de financiación, fiscalidad, contratación laboral, información sobre ayudas e incentivos para desarrollar el proyecto, entre otros.  

El Centro de Empresas PROCORNELLÀ pone a tu disposición especialistas que te asesorarán, de manera totalmente gratuita, Para que tu idea pase de ser eso, una idea, a ser un proyecto de éxito. 

 

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ESPECIALISTAS JURÍDICOS AL ENCONTRAR UNA SOLUCIÓN PARA TU DEUDAS

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Durante las proximas semanas las empresas van a cerrar las cuentas de 2020. Y si han tenído beneficios van a tener que acero frente al Impuesto sobre Sociedades, con el consiguiente desembolso en un momento en el que, por la crisis sanitaria, conviene Reducir las salidas de fondos.

Se el momento oportuno para realizar una revisión completa de la contabilidad y de los Incentivos fiscales aplicables.

Se Necesario dedicar Unos días a analizar la rentabilidad de las distintas líneas de negocio, el presupuesto de ventas y gastos para el Próximo año fijando un margen medio Objetivo que permita cubrir esos gastos de estructura, así como la previsión de tesorería en aras de analizar si vamos a requerir Financiación ajena para realizar Todas aquellas inversiones necesarias para ese Crecimiento que Hemos diseñado en un plan estratégico.

Si por el contrario te estás planteando el cierre o liquidaciones del negocio miedo jubilación se Importante que sepas que la finalización de los Contratos laborales Deben ser indemnizados a razón de 20 días por año; debes nombrar un liquidador de la sociedad; liquidar todos tus Activos, convirtió en tesorería ti activo circulante - cuentas a cobrar y existencias principalmente-, para así abonar Todas tus deudas; y el remanente deberia ser repartida entre los socios a razón de super cuota de participación. Ese remanente son los fondos Propios generados durant toda la vida de la sociedad.

Si una vez analizado el cierre del año detectara una posible situación de insolvencia inminente es el momento de contactar con especialistas que te asesora sobre las distintas opciones existentes en la legislación para evitar la obligatoriedad de instar un concurso de acreedores debida a una Incapacidad de pago. Este momento en el Texto Refundido de la Ley Concursal se denomina etapa "pre-concursal", y, bajo un paraguas protector que paralizado cualquier tipo de Ejecución miedo impago, posibilita que el deudor puedo renegociar con sobre acreedores la deuda, ya sea refinanciándola, ya sea aprobando un conveniente anticipada dónde se ACUERDO propias  o esperas; o inclusivo permitiéndo la venta de unidades productivas sin el estigma del concurso.

Si debida a las circunstancias Económicas actuales, derivadas de esta crisis sociosanitaria provocada por la pandemia Covidien, ya te encuentras en una situación de insolvencia actual, se Decir, si tú fondo de maniobra se negativo, y tu endeudamiento financiero es ya Demasiado elevación y no tiene concedido más FINANCIACION, y, estás incumpliendo con tus obligaciones de pago a super vencimientos, tienes que saber que la legislación actual estipula la obligatoriedad de solicitar el concurso voluntario de acreedores en un máximo de dos meses.

De lo contrario los administradores, apoderados y en Algunos casos los socios puedo incurrir en responsabilidad si, Fruto de no solicitar el concurso, el estado económico de la sociedad se ha agravado en perjuicio de los acreedores.

Si te encuentras en alguna de estos Escenarios éste es tu seminario web

Vamos a intentar explicarte en un lenguaje claro qué soluciones ofrece la actual legislación Cuando una empresa o un particular, no pudes atender sobre pagos.

Trataremos tanto las distintas fases de un concurso de acreedores, así como la obligatoriedad de solicitar el Mismo ante una situación de insolvencia. Así Mismo, repasaremos Todas aquellas alternativas pre-concursales para evitarlo, - Acuerdos de refinanciación, conveniente anticipada, el novedosas "Pre-pack, etc-, consiguiendo así una solución eficaz para tu empresa sin tener que llegar a la liquidación.

Si la liquidación de la sociedad es la única solución, se Importante que sepas que, para Aquellos Autónomos o pymes sin activo ni trabajadora, existe la opción del concurso expreso.

Si eres particular te explicaremos que es la Ley de la Segunda oportunidad, el ACUERDO extrajudicial de pagos, y el Beneficio del Pasivo insatisfecho (Bepi).

WEBINAR: martes 16 de febrero de 16h a 17h, Inscríbete aquí.

 

 

Raquel Venturino

LEGAL Centrum

www.legalcentrum.es

 

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CERTIFICADO autorresponsable DE DESPLAZAMIENTO

En caso de que sea imprescindible desplazarse al o desde el centro de trabajo entre las 22.00 y las 6.00h, se recomienda disponer de un certificado autorresponsable de desplazamiento, para poder presentarlo ante las autoridades que puedan requerirlo y facilitar así la justificación de éste.

 

Puede conseguir haciendo clic aquí

 

Esperamos que esta información pueda ayudar.

 

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