SUBVENCIÓN PARA AUTÓNOMOS Y PYMES DE RESTAURACIÓN Y LOS CENTROS DE ESTÉTICA Y BELLEZA AFECTADOS ECONÓMICAMENTE PARA LA Covidien-19

Ayudas para bares, restaurantes y centros de estética y belleza que han tenido que cerrado por medidas Covidien

El Gobierno de la Generalitat ha acordado la activación de un paquete de medidas urgentes con el objetivo de dar apoyo a aquellos sectores económicos más afectados por las nuevas medidas de contención del Covidien-19 adoptadas por PROCICAT, que entraron en vigor el 16 de octubre.

¿Cuál es el importe de las ayudas?

La primera actuación consiste en una subvención dirigida a autónomos, pymes y microempresas de los sectores de la restauración y de estética y belleza, para el que el cierre temporal de sus establecimientos supone una disminución drástica de la facturación.

La dotación inicial para esta línea de subvenciones se eleva a 40 millones de euros, que se podrán ampliar en función de las necesidades.

El importe máximo concedido por cada beneficiario será de 1.500 euros.

 

Como se adjudican las subvenciones?

El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en estas bases es el de concurrencia no competitiva; es decir, adjudican por orden de entrada.

El criterio de concesión de las subvenciones será el orden cronológico de presentación de las solicitudes, y el plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC de la convocatoria o hasta agotar la dotación presupuestaria indicada en la resolución de convocatoria.

El trámite se abrirá el día 28 de octubre de 2020 a las 9h.

 

Se debe hacer por internet?

Sí, necesitará disponer de certificado digital o, si es una persona autónoma o profesional, de idCATmòbil. Si no lo tiene todavía y dispone de tarjeta sanitaria, se puede solicitar ahora mismo.

 

¿Cuáles son los gastos subvencionables?

Son gastos subvencionables cualquiera que haya tenido desde el 1 de enero de 2020 (alquileres, suministros, compra de productos / mercancías, gastos de gestoría ...) de la que tengamos una factura.

Sueldos y salarios, amortizaciones y rentings y gastos internos sin factura de terceros no son subvencionables.

 

Cuando se recibirán las ayudas?

Para garantizar máxima agilidad en el acceso a las ayudas, el Gobierno ha establecido un calendario que simplifica su tramitación. Así, el acuerdo prevé un plazo de cinco días para que los establecimientos afectados trasladen de forma telemática las solicitudes de subvenciones, que se articularán a través del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM). En este sentido, el acuerdo insta a los órganos competentes en la tramitación a adoptar las medidas necesarias para asegurar que los procedimientos de solicitud, concesión y pago de ayuda se hagan con la mayor celeridad.

 

En este enlace puede resolver todos los dudas y acceder al trámite: http://canalempresa.gencat.cat/ca/01_que_voleu_fer/mesuresempresesiautonoms/mesures-economiques-i-socials-per-a-empreses-i-autonoms/ajuts-i-prestacions-per-empreses-i-autonoms/subvencions-autonoms-pimes-restauracio-estetica/

 

 

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