Apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo para trabajadores autónomos y microempresas

Presupuesto: 5 millones de euros

 

Consiste en:  Ayudas dirigidas a microempresas o personas trabajadoras autónomas que hayan visto suspendida su actividad por razón de la declaración del estado de alarma regulado en el Real Decreto, 463/2020, tengan contratadas hasta diez personas trabajadoras y que hayan mantenido la plantilla, ya sea porque hayan efectuado un expediente de regulación temporal de empleo o hayan reducido la jornada laboral de los contratos de trabajo. Ayuda del 50% del SMI para un máximo de tres personas trabajadoras y durante seis meses, siempre y cuando estas microempresas y personas trabajadoras autónomas mantengan el 100% de la plantilla que tenían en el momento anterior al estado de alarma, y como mínimo, durante los 12 meses siguientes al reinicio de la actividad.

 

Solicitudes y procedimiento de concesión: Las solicitudes y demás trámites asociados al procedimiento de concesión de las subvenciones y su justificación se presentarán según modelos normalizados y siguiendo las indicaciones que estarán disponibles en el espacio Trámites de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.

 

El procedimiento de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia no competitiva. El procedimiento de concesión de subvención se inicia al día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria extraordinaria. Más información aquí.

 

 

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