ESPECIALISTAS JURÍDICOS AL ENCONTRAR UNA SOLUCIÓN PARA TU DEUDAS

,

Durante las proximas semanas las empresas van a cerrar las cuentas de 2020. Y si han tenído beneficios van a tener que acero frente al Impuesto sobre Sociedades, con el consiguiente desembolso en un momento en el que, por la crisis sanitaria, conviene Reducir las salidas de fondos.

Se el momento oportuno para realizar una revisión completa de la contabilidad y de los Incentivos fiscales aplicables.

Se Necesario dedicar Unos días a analizar la rentabilidad de las distintas líneas de negocio, el presupuesto de ventas y gastos para el Próximo año fijando un margen medio Objetivo que permita cubrir esos gastos de estructura, así como la previsión de tesorería en aras de analizar si vamos a requerir Financiación ajena para realizar Todas aquellas inversiones necesarias para ese Crecimiento que Hemos diseñado en un plan estratégico.

Si por el contrario te estás planteando el cierre o liquidaciones del negocio miedo jubilación se Importante que sepas que la finalización de los Contratos laborales Deben ser indemnizados a razón de 20 días por año; debes nombrar un liquidador de la sociedad; liquidar todos tus Activos, convirtió en tesorería ti activo circulante - cuentas a cobrar y existencias principalmente-, para así abonar Todas tus deudas; y el remanente deberia ser repartida entre los socios a razón de super cuota de participación. Ese remanente son los fondos Propios generados durant toda la vida de la sociedad.

Si una vez analizado el cierre del año detectara una posible situación de insolvencia inminente es el momento de contactar con especialistas que te asesora sobre las distintas opciones existentes en la legislación para evitar la obligatoriedad de instar un concurso de acreedores debida a una Incapacidad de pago. Este momento en el Texto Refundido de la Ley Concursal se denomina etapa "pre-concursal", y, bajo un paraguas protector que paralizado cualquier tipo de Ejecución miedo impago, posibilita que el deudor puedo renegociar con sobre acreedores la deuda, ya sea refinanciándola, ya sea aprobando un conveniente anticipada dónde se ACUERDO propias  o esperas; o inclusivo permitiéndo la venta de unidades productivas sin el estigma del concurso.

Si debida a las circunstancias Económicas actuales, derivadas de esta crisis sociosanitaria provocada por la pandemia Covidien, ya te encuentras en una situación de insolvencia actual, se Decir, si tú fondo de maniobra se negativo, y tu endeudamiento financiero es ya Demasiado elevación y no tiene concedido más FINANCIACION, y, estás incumpliendo con tus obligaciones de pago a super vencimientos, tienes que saber que la legislación actual estipula la obligatoriedad de solicitar el concurso voluntario de acreedores en un máximo de dos meses.

De lo contrario los administradores, apoderados y en Algunos casos los socios puedo incurrir en responsabilidad si, Fruto de no solicitar el concurso, el estado económico de la sociedad se ha agravado en perjuicio de los acreedores.

Si te encuentras en alguna de estos Escenarios éste es tu seminario web

Vamos a intentar explicarte en un lenguaje claro qué soluciones ofrece la actual legislación Cuando una empresa o un particular, no pudes atender sobre pagos.

Trataremos tanto las distintas fases de un concurso de acreedores, así como la obligatoriedad de solicitar el Mismo ante una situación de insolvencia. Así Mismo, repasaremos Todas aquellas alternativas pre-concursales para evitarlo, - Acuerdos de refinanciación, conveniente anticipada, el novedosas "Pre-pack, etc-, consiguiendo así una solución eficaz para tu empresa sin tener que llegar a la liquidación.

Si la liquidación de la sociedad es la única solución, se Importante que sepas que, para Aquellos Autónomos o pymes sin activo ni trabajadora, existe la opción del concurso expreso.

Si eres particular te explicaremos que es la Ley de la Segunda oportunidad, el ACUERDO extrajudicial de pagos, y el Beneficio del Pasivo insatisfecho (Bepi).

WEBINAR: martes 16 de febrero de 16h a 17h, Inscríbete aquí.

 

 

Raquel Venturino

LEGAL Centrum

www.legalcentrum.es

 

Compartir